Jornada laboral a la carta para poder adaptar la vida laboral con la familiar
Jornada laboral a la carta, nueva medida para conciliar la vida familiar y laboral
La jornada laboral a la carta es un tema que está a la orden del día, ya que es una buena forma de poder conciliar la vida laboral con la familiar. Por ello, en este artículo veremos más profundamente que es la jornada laboral a la carta, como está afectando en el ámbito laboral y cómo poder solicitarla.
Índice
- ¿Qué es la jornada laboral a la carta?
- ¿Cómo solicitar la jornada a la carta?
- La jornada a la carta desde la perspectiva de las empresas.
- No se puede sumar el horario a la carta a la jornada reducida.
- Consecuencias de la jornada laboral a la carta.
¿Qué es la jornada laboral a la carta?
La jornada laboral a la carta es un derecho que tienen todos los trabajadores de cualquier tipo de empresa española donde esta debe permitir a los trabajadores negociar la adaptación de la duración y distribución de la jornada laboral, incluso la ordenación del tiempo de trabajo y la forma de prestación, incluso si se trata de teletrabajo.
Cualquier trabajador puede solicitar esta adaptación de la jornada para conciliar la vida familiar y laboral, aunque el artículo no obliga a que los trabajadores que lo quieran solicitar tengan hijos o cuidar de un menor. Lo que sí es un requisito es acreditar que esta adaptación es necesaria para conciliar su vida laboral y familiar.
Esta nueva ley garantiza una situación de igualdad además de que no se puede reducir el sueldo, ni su horario laboral.
¿Cómo solicitarla?
Es necesario escribir un documento donde se exponga los motivos por el cual necesitas que se te aplique la jornada a la carta. Una vez entregado el documento al empresario, se abrirá un plazo de 30 días para la negociación de la solicitud y su resolución. Si el empresario deniega esta solicitud, el trabajador tiene 20 días para demandar a la empresa, siempre y cuando esta denegación no exprese razones objetivas.
La jornada a la carta desde la perspectiva de las empresas.
Las empresas, ante esta nueva ley, expresan una gran preocupación, ya que se sienten desprotegido y piensan que todavía no estamos preparados para afrontar la jornada a la carta.
A día de hoy, esta ley está produciendo largas demandas por no llegar a ningún acuerdo entre los trabajadores y empresas. Además, las empresas son las que más carga burocrática de peticiones soportan, por lo es necesario que las razones expuestas ante una negativa sean lo más objetiva posible.
Echando la vista atrás, todo esto comenzó con la ley de control horario (enlazar con la home) para proteger a los trabajadores de los excesos de cargas laborales y poder conciliar la jornada laboral con la familiar sin coste ninguno.
Por tanto, el objetivo principal de esta ley por parte del gobierno es la libertad del empleado, es decir, poder resolver las diferencias que puedan tener la empresa y el trabajador en cuanto a la jornada laboral.
Por todo ello, se recomienda a las empresas que empiecen a ejercer este derecho y que puedan facilitar a los trabajadores la tramitación cuando sea posible.
No se puede sumar el horario a la carta a la jornada reducida.
No se puede solicitar un nuevo turno después de haberse concedido la jornada reducida, siempre y cuando no hayan cambiado las circunstancias personales.
La jornada a la carta esta siendo una de las cosas más polémicas en el mundo laboral y que acumula varias sentencias.
Una de las últimas sentencias emitida por el juzgado de lo social número 1 de Bilbao fue que un empleado no puede tener sin ninguna razón un horario nuevo fuera de la jornada a la carta que se pactó inicialmente y que se le había concedido una reducción para atender a las obligaciones familiares.
Además, recalcan que la modificación debe justificar la razón por la que se quiere este nuevo cambio. Es muy importante hacer hincapié en que la jornada a la carta no es un derecho que se consigue sólo con requerirlo y como se establece en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores “las adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora”.
Por último, cabe destacar que hay que tener en cuenta las necesidades organizativas o productivas de la empresa.
Consecuencias de esta nueva ley
Según Alfredo Aspra, socio director de Laboral de Andersen Tax & Legal afirma que la planificación va a ser muy difícil. “Se va a producir una mayor confluencia hacia los mismos turnos que va a suponer más costes, ya que habrá que incentivar los que no se quieran. La planificación va a ser compleja y las empresas van a tener difícil argumentar que no lo aceptan en casos de grandes corporaciones sin horario comercial. Los protocolos de conciliación van a ser fundamentales”
Según Dídac Ripollès, socio responsable de Laboral de Toda & Nel-lo afirma que podrá causar daño a la organización. “La jornada a la carta va a costar más de gestionar que el registro horario, ya que supone una revolución que afecta a todas las empresas, mientras que el registro muchas ya lo tenían. El daño a la organización puede ser importante, y los intentos de la empresa de reubicar al empleado o adaptar sus funciones se topan con negativas”.
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